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El pasado sábado se publicó el R.D.L. 1/2017 de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, que es consecuencia de la retroactividad que se fijó por el TJUE en su sentencia de 21 de diciembre de 2016, y que puedes consultar aquí.

Con ocasión de esta sentencia y del R.D.L. que fija cauces para su reclamación, el Ilustre Colegio de Abogados de Murcia organizó una mesa redonda títulada: Análisis de los efectos procesales y sustantivos de la sentencia del TJUE de 21/12/2016 sobre la retroactividad de las cláusulas suelo; vías para su reclamación y aplicación del Real Decreto Ley 1/2017, que tuvo lugar el día 30 de enero de 2017.

Se analizaron las consecuencias prácticas de la sentencia de la TJUE de 21 de diciembre de 2016 y las posibilidades que se abren en la práctica para poder proceder a la reclamación de las cantidades que hubieran sido satisfechas de forma improcedente por los consumidores en cláusulas suelo, así como los gastos de constitución de hipoteca, y que el sábado fueron fijadas por el Real Decreto Ley 1/2017.

En todo caso se prestó especial atención al tratamiento fiscal que debe darse a las cantidades que se puedan percibir para evitar liquidaciones complementarias y sanciones por parte de la Agencia Tributaria.

Se contó con la participación de los siguientes ponentes:

        •    D. Jesús María Sánchez García, Abogado del ICA de Barcelona, experto en derecho de consumidores y usuarios.
        •    D. Antonio García Montes, Abogado del ICAMUR, experto en Derecho Bancario.
        •    Dª. Patricia Pérez García, Abogada del ICAMUR, experta en Derecho Fiscal.

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