Oferta Texto: Nueva Edición del Código Penal

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Os informamos que la Editorial Colex, pone a vuestra disposición el texto NUEVA EDICIÓN DEL CÓDIGO PENAL que lleva sin cambios desde el año 2015 y que incluiría las siguientes modificaciones:

1. Modificaciones producidas por la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional, publicada en el «BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 2019.

ENTRA EN VIGOR: El 13 de marzo de 2019.

ARTÍCULOS MODIFICADOS/AÑADIDOS: 127 bis, 156 bis, 284, 285, 285 bis (se añade), 285 ter (se añade), 285 quater (se añade), 286 bis, 288, 305, 308, 386, 387, 423, 427, 431, 435, 435 bis (se añade), 572, 573, 575, 576, 580 bis (se añade).

MATERIAS A LAS QUE AFECTA:

  • Se incorporan al Derecho español la Directiva 2014/57/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre las sanciones penales aplicables al abuso de mercado, la Directiva 2017/541/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativa a la lucha contra el terrorismo, y la Directiva 2017/1371/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal.
  • Se completa la transposición al Derecho español de la Directiva 2014/62/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 mayo de 2014, relativa a la protección penal del euro y otras monedas frente a la falsificación.
  • Se adapta la normativa penal española al Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra el tráfico de órganos humanos, hecho en Santiago de Compostela el 25 de marzo de 2015.

2. Modificaciones producidas por la Ley Orgánica de reforma del Código Penal materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente, que en los próximos días se publicará en el BOE.

ENTRA EN VIGOR: Al día siguiente de que se publique en el BOE.

AFECTA A LOS ARTÍCULOS: 142, 142 bis (se añade), 152, 152 bis (se añade), 382, 382 bis (se añade).

MATERIAS A LAS QUE AFECTA:

- Introducción de tres supuestos que se van a considerar imprudencia grave en la conducción de vehículos a motor por disposición de la ley, así como una interpretación auténtica de la imprudencia menos grave.

- El aumento de las penas de este tipo de conductas.

- La introducción del delito de abandono del lugar del accidente.

 

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