Fecha

Demanda; Ha de reunir los mismos requisitos de cualquier otroa demanda de ejecución. Será imprescindible que se aporte certificación del Letrado de la Administración de Justicia en los términos del artículo 654 de la Lee, acreditativa del precio del remate y de la deuda pendiente por todos los conceptos, con distinción de la correspondiente a  principal, a intereses remuneratorios, a intereses de demora y a costas.

Oposición: cabe por los mismos motivos que en la ejecución ordinaria, tanto por quien ya fue parte en la Ejecución hipotecaria como por los demás, siempre que no hayan sido ya resueltos.